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SOCIEDADES MERCANTILES: NOVEDADES EN LA PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES DE 2024

23/09/2025

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Este año hay novedades en la presentación de las cuentas anuales de 2024. Aspectos a tener en cuenta.

El Registro Mercantil ha publicado en el BOE del 3 de junio de 2025, la Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los nuevos modelos oficiales de Cuentas Anuales individuales para el ejercicio 2024 (modalidades Abreviado, Pymes y Normal).

Las empresas que se hayan anticipado y ya tengan sus cuentas anuales del ejercicio 2024 depositadas en el Registro Mercantil no tienen que volver a realizar su presentación por este motivo, pero aquellas que vayan a realizarlo a partir de 3 de junio de 2025 deben tenerlo en cuenta.

Estos cambios son los siguientes:

 

  1. Código IRUS: nuevo campo obligatorio

Desde este ejercicio, los modelos oficiales de cuentas anuales deben incorporar obligatoriamente el Código IRUS (Identificador Registral Único de la Sociedad).

Este código, asignado por el Registro Mercantil, permite identificar de forma única a cada sociedad en los diferentes registros y organismos.

Este ejercicio 2025 tiene carácter voluntario, pero ya aparece en los test de validación como dato verificable. Se prevé que en ejercicios siguientes sea obligatorio.

Puedes consultar el Código IRUS de tu empresa en el portal del Colegio de Registradores, open data registradores.

 

  1. Nuevo CNAE 2025

Otra novedad importante: este año será obligatorio declarar el nuevo código CNAE-2025 en los modelos de cuentas anuales. Sustitución del CNAE 2009 por el nuevo CNAE 2025.

El CNAE identifica la actividad económica principal de la sociedad. Con la reciente clasificación, deberás revisar si tu actividad ha cambiado de código respecto al que figuraba en años anteriores.

 

  1. Certificación con firma electrónica del administrador/a

Uno de los puntos clave de este ejercicio es que la certificación de la Cuentas anuales debe realizarse mediante la firma electrónica del administrador de la sociedad, utilizando su certificado electrónico personal. La presentación con firma manuscrita, incluso si es escaneada, seguirá siendo válida este año 2025.

Este documento certifica que los socios han aprobado las cuentas y los resultados del ejercicio, por lo que debe estar firmado exclusivamente por la persona que ostenta el cargo de administración, sin posibilidad de delegación.  El Registro Mercantil será muy estricto con este requisito.

Es importante conocer estas novedades para evitar errores y defectos en la presentación de la Cuentas Anuales ante el Registro Mercantil.